Vencimiento de Precios de Transferencia en República Dominicana

24 de febrero de 2022

Tal y como se señala en el artículo 18, del Reglamento 78-14, los contribuyentes que realicen transacciones entre partes vinculadas o con residentes en paraísos fiscales tendrán las siguientes obligaciones de información y de documentación de sus operaciones:

Declaración Informativa de Operaciones entre Partes Relacionadas DIOR 120 días posteriores al cierre del ejercicio

De acuerdo con el nuevo decreto 256-21, todos los contribuyentes personas jurídicas que se encuentren en algún supuesto de vinculación con una empresa del exterior o nacional (partes relacionadas) estarán obligados a presentar ante la DGII una Declaración Informativa de Operaciones entre Partes Relacionadas (DIOR). Dicha declaración constituye una obligación formal a cargo del contribuyente obligado a ella, cuyo incumplimiento será sancionado en la forma prevista por el Código Tributario y deberá presentarse anualmente al momento de presentar la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta, unificando ambas declaraciones, lo cual será aplicable a partir del ejercicio fiscal 2022.  

Se encuentran obligados a presentar la DIOR indistintamente que haya realizado o no operaciones con partes relacionadas en el periodo a declarar. Debe ser presentada a más tardar 120 días después de la fecha de cierre de la empresa tal y como se detalla a continuación:  

  • Fecha de cierre 31 de diciembre: 30 de abril del 2022.  
  • Fecha de cierre al 31 de marzo: 29 de julio del 2022.  
  • Fecha de cierre al 30 de junio: 28 de octubre del 2022. 
  • Fecha de cierre 30 de septiembre: 28 de enero del 2023. 

Estudio de Precios de Transferencia o Local File

Los contribuyentes sujetos al régimen de precios de transferencia deberán de presentar en formato electrónico, dentro de los ciento ochenta (180) días posteriores a la fecha de presentación de la DIOR, el reporte local en donde expliquen el proceso de valoración o evaluación de los precios de transferencia convenidos con sus partes relacionadas en conformidad con lo descrito en el Párrafo V del Artículo 18 del decreto número 78-14 (reformado por el decreto 256-21 en 2021). 

  • Fecha de cierre 31 de marzo de 2022: 25 de enero de 2023
  • Fecha de cierre 31 de diciembre de 2021: 26 de diciembre de 2022

Master File o Reporte Maestro

Finalmente, según lo expuesto en calendario publicado por lDeberán presentar en formato electrónico Finalmente, según lo expuesto en calendario publicado por lDeberán presentar en formato electrónico por la oficina virtual, dentro de los ciento ochenta (180) días posteriores a la fecha de presentación de la DIOR, un reporte maestro que contenga por lo menos las siguientes informaciones del grupo empresarial al que pertenecen. 

  • Fecha de cierre 31 de marzo de 2022: 25 de enero de 2023
  • Fecha de cierre 31 de diciembre de 2021: 26 de diciembre de 2022

Country by country

Deberán presentar el Reporte País por País del ejercicio fiscal 2022 a partir del año 2023. 

Fuente: Dirección General de Impuestos Internos

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