Calendario de Precios de Transferencia en España

24 de febrero de 2022

1. ¿Quién debe presentar los Estudios de Precios de Transferencia?

La normativa fiscal española señala que, la realización de los Estudios de Precios de Transferencia es de obligatoria presentación para aquellos contribuyentes cuyas operaciones con sus vinculadas haya superado el importe de los 250.000€ valoradas a precio de mercado, en el periodo impositivo con la misma persona o entidad vinculada.

2. ¿Qué documentos debo presentar?

De acuerdo a la categorización en la que se encuentre, variara el tipo de documento a entregar, en ese sentido la distribución de categorías se realiza de la siguiente manera;

Categoría Documento a presentar
Grupos Corporativos con ingresos menores a los 10 millones de Euros Documento normalizado (Art. 16 RIS)
Grupos Corporativos con ingresos entre los 10 Millones y 45 Millones de Euros Documentación del Contribuyente Simplificada (Art. 16 RIS)
Grupos Corporativos con ingresos entre los 45 Millones y 75 Millones de Euros Documentación de Grupo (Art. 15 RIS) y Documentación del Contribuyente específica (Art. 16 RIS)
Grupos Corporativos con ingresos superiores a los 75 Millones de Euros Documentación de Grupo (Art. 15 RIS) – Documentación del Contribuyente normalizada (Art. 16 RIS) – Información país por país (Art. 14 RIS)

3. ¿Hasta cuándo puedo presentar los Estudios de Precios de Transferencia?

Las declaraciones correspondientes al Estudio de Precios de Transferencia se deberán presentar mediante el siguiente cronograma:

Declaración Informativa, Notificación del Informe País por País e Informe Local

Si el último dígito del NIT es: Plazo hasta
1 7 de septiembre de 2021 
2 8 de septiembre de 2021 
3 9 de septiembre de 2021 
4 10 de septiembre de 2021 
5 13 de septiembre de 2021 
6 14 de septiembre de 2021 
7 15 de septiembre de 2021 
8 16 de septiembre de 2021 
9 17 de septiembre de 2021 
0 20 de septiembre de 2021 

Informe Maestro e Informe País por País

Si el último dígito del NIT es: Plazo hasta
1 10 de diciembre de 2021 
2 13 de diciembre de 2021 
3 14 de diciembre de 2021 
4 15 de diciembre de 2021 
5 16 de diciembre de 2021 
6 17 de diciembre de 2021 
7 20 de diciembre de 2021 
8 21 de diciembre de 2021 
9 22 de diciembre de 2021 
0 23 de diciembre de 2021 

4. ¿Qué ocurre en caso no se presente la documentación solicitada?

En relación al incumplimiento de presentación respecto a las obligaciones formales de precios de transferencia o su presentación incompleta, la norma señala que en caso no se produzca algún ajuste la sanción será de 1.000€ por cada dato omitido, inexacto o falso y 10.000 € por cada conjunto de datos. En caso procediera un ajuste la multa ascenderá al 15% de la corrección realizada.

Fuente: TPC Group 06/08/21

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