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Brasil y OCDE: ¿Convergencia en Precios de Transferencia?

La legislación de precios de transferencia en Brasil se establece a mediados de la década de los 90, mediante la incorporación de la Ley N°9430 de 1996, la cual si bien guarda cierta semejanza con los lineamientos de OCDE, presenta muchas particularidades.

Desde su incorporación, la legislación brasileña en la materia se ha caracterizado por tratar de dar simplicidad tanto al contribuyente como a la Administración Tributaria (Receita Federal do Brasil), por ejemplo a través de la incorporación de safe harbours. No obstante, también ha tenido ciertas falencias en cuanto a sus parámetros de mínimos y máximos en la metodología, lo que hace que estas no contemplen las particularidades de cada operación.

Bajo este escenario Brasil en los últimos años ha venido trabajando en una posible convergencia entre su legislación de precios de transferencia y las Directrices de precios de Transferencia publicadas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).

Hacia una convergencia con los lineamientos OCDE

Desde el 2018, Brasil y OCDE de manera conjunta han puesto en marcha un plan que alinee a este país con lo señalado en las Directrices de Precios de Transferencia, sobre todo en lo que respecta al principio de arm’s length.

Como parte de estas conversaciones entre dicho país y OCDE, esta última procedió a evaluar todo el régimen fiscal de Brasil, con énfasis en los precios de transferencia, por lo cual de este análisis pormenorizado se emitió, con fecha 18 de diciembre de 2019, el informe “Precios de Transferencia en Brasil: Hacia una convergencia con el Estándar OCDE” (Transfer Pricing in Brazil: Towards Convergence with the OECD Standard).

De esta manera, Brasil seguiría la tendencia de los demás países de la región en esta materia, lo cual también lo ayudaría frente a la posible incorporación de este país a dicha organización y aumentaría su integración y apertura frente a otros países.

Etapas del proyecto OCDE

El informe presentado por OCDE y conjuntamente trabajado con la Receita Federal do Brasil segmento el proyecto en tres etapas:

  1. Una primera etapa correspondiente a un análisis preliminar, en el cual se realiza una descripción del estándar de precios de transferencia según OCDE, se describe los orígenes de la legislación brasileña en esta materia y se realiza una descripción de etapas del proyecto con OCDE.
  2. Una segunda etapa, en la cual se evalúa las fortalezas y debilidades de los precios de transferencia en Brasil.
  3. Una tercera etapa de opciones de alineamiento para las normas de precios de transferencia en Brasil acorde al estándar de la OCDE.

Acerca de los resultados de la evaluación de Brasil

Luego de un análisis de la legislación brasileña de precios de transferencia se llegaron a los siguientes resultados:

  1. Presencia de divergencias y ausencia de legislación conllevan en algunos escenarios a una doble imposición, lo cual genera una obstaculización de las inversiones de empresas multinacionales.
  2. Las brechas encontradas entre los estándares OCDE y la legislación brasileña conlleva a ciertos riesgos de erosión de la base y traslado de beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés), sobre todo en lo relacionado a consideraciones especiales en temas como intangibles, servicios intragrupo, reestructuraciones empresariales, entre otras.
  3. El sistema actual en Brasil estaría favoreciendo a algunas categorías de contribuyentes y siendo propicio para la planificación fiscal.
  4. La legislación brasileña en precios de transferencia da practicidad y facilidad a la Administración Tributaria y el cumplimiento tributario, este sistema siempre se ha caracterizado en dar certeza al contribuyente. Sin embargo, esta simplicidad en dicho sistema puede ser relativa, debido a lo complejo de otras características.
  5. Los márgenes fijos propuestos por Brasil resultan ser rígidos, lo cual puede llevar a que los contribuyentes apliquen márgenes excesivamente altos dependiendo del supuesto o permite márgenes muy bajos en otros.
  6. Asimismo, estos márgenes si bien dan practicidad, pueden producir resultados inapropiados, pues se basan en fórmulas matemáticas que no tomarían en cuenta la circunstancias de cada transacción.
  7. La elección de cualquier método por parte del contribuyente si bien puede dar simplicidad, puede generar que este escoja el que le proporcione un mejor resultado fiscal.
  8. La aplicación de Safe Harbour o puertos seguros como el de las exportaciones, en el cual se exige que el precio de exportación sea al menos el 90% del precio del mercado nacional a fin de que no sea exigible documentación de precios de transferencia puede conllevar a resultados inapropiados. Esto se basa en una comparación del mercado interno, cuando en el mercado externo las ganancias pueden variar dependiendo de ciertos factores.

Divergencias encontradas entre estándar OCDE y Brasil

Entre las principales diferencias encontradas se tienen las siguientes:

  1. Ausencia del concepto del principio de arm’s length o de plena competencia dentro de la legislación de precios de transferencia de Brasil.
  2. Ausencia de la noción del real delineamiento de la operación sujeta a precios de transferencia.
  3. El uso de márgenes fijo conduce a resultados no acordes con el principio de arm’s length.
  4. La falta de un análisis de comparabilidad de forma completa.
  5. Ajustes de comparabilidad limitados.
  6. Ausencia del método de margen neto de la transacción y el de Profit Split.
  7. Falencias en los safe harbours establecidos.
  8. Ausencia de reglas especiales para transacciones como intangibles.
  9. Ausencia del test de beneficio para servicios Intragrupos.
  10. La poca documentación de precios de transferencia y sanciones.
  11. Ausencia de mecanismos de resolución de disputas.

Propuestas para la convergencia

Se propuso dos tipos de acciones a fin de alinear el régimen brasileño con el estándar OCDE:

  • Alineación inmediata: Tal como lo indica esta propuesta se buscará alinear la legislación de precios de transferencia inmediatamente con el estándar de Brasil, incluyendo el principio de plena competencia.
  • Alineación Gradual: Se deberá estructurar el proceso en ciertas etapas, priorizando las necesidades de acuerdo a la estructura tributaria en Brasil, aspectos administrativos, entre otros; también se podría establecer condiciones a fin de que los contribuyentes de los grupos multinacionales migren a este nuevo sistema en corto plazo.

En principio también se propuso un sistema parcial o dual, en el cual sólo se alinearán ciertas áreas o coexistirían ciertas reglas del régimen anterior, pero esto significa la existencia aún de ciertas brechas y de la doble imposición. 

Conclusiones

No cabe duda que la posible convergencia de Brasil a los lineamientos OCDE resultaron todo un hito para este país que se había alejado por mucho tiempo, en ciertos aspectos, de la tendencia de los países de la región.

La incorporación de las Directrices de OCDE en precios de transferencia facilitará a Brasil su incorporación a esta organización y le dará una mayor certeza desde una perspectiva internacional.

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