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UIF reanuda cómputo de plazos para el cumplimiento de obligaciones

Con fecha 17 de junio del 2020, se publica en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución SBS N° 1656-2020, mediante la cual, se reanudan cómputo de plazos para el cumplimiento de las obligaciones impuestas a los sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) que hayan reanudado sus actividades, los mismos que deben cumplir los protocolos sanitarios y demás medidas requeridas.

Aasimismo, la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS) dispone la reanudación de las actividades de supervisión en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo por parte de la UIF-Perú.

¿CUÁLES SERÁN LAS OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS A INFORMAR A LA UIF-PERÚ?

Los sujetos obligados deben cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Remisión del Registro de Operaciones (RO)
  • Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS)
  • Designación de oficial de cumplimiento
  • Respuesta a cualquier requerimiento de información respecto de su sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo
  • Implementación de cualquier obligación requerida por la UIF-Perú.

Cabe precisar que dada la reanudación de actividades económicas, se estaría dejando sin efecto la suspensión del cómputo de plazos para el cumplimiento de obligaciones respecto a los sujetos obligados ante la UIF-PERÚ.

SUPERVISIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS

En esa lógica, se ha dispuesto la reanudación de las actividades de supervisión en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, por parte de la UIF-Perú, a los sujetos obligados bajo su supervisión en dicha materia.

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES ANTE LA UIF-PERÚ?

Los sujetos obligados a informar a la UIF-PERÚ que hayan reanudado sus actividades, tienen el plazo de treinta (30) días hábiles para regularizar sus obligaciones. La documentación que tuviera que ser remitida por los sujetos obligados deberá ser entregada a través de la Mesa de Partes Virtual (Enlace Aquí).

Fuente: El Peruano

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