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SUNAT APLICA FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO SANCIONAR INFRACCIONES

Mediante la presente Resolución, de fecha 18 de marzo del 2020, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (en adelante, SUNAT) dispuso aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias en las cuales incurras los contribuyentes durante el Estado de Emergencia Nacional establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus modificatorias, a consecuencia del brote del COVID-19.

¿Cuál es el ámbito de aplicación y base legal?

Es importante recalcar que esta medida ha sido otorgada para todo el universo de contribuyentes, ya que aplica tanto para pequeños y medianos, como para los principales contribuyentes, o también llamados PRICOS.

La presente medida otorga por SUNAT se basa en el marco legal de sus funciones, y a su vez, el artículo 166° del T.U.O del Código Tributario, el cual establece que la Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias.

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¿Cuál es la finalidad de la facultad discrecional?

En esta misma línea, lo que se pretende con esta medida, otorgada por SUNAT, es que debido a las circunstancias en las cuales nos encontramos, es probable que muchos contribuyentes no puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, como presentar sus libros electrónicos, declarar sus impuestos mensuales, presentar la Declaración Jurada Anual, entre otras; con lo cual, la SUNAT busca perdonar estos casos. Sin embargo, los contribuyentes no pueden pensar que si cometieron una infracción esta no deberá ser materia de subsanación, todo lo contrario, es importante que tengan en cuenta si bien cometieron la infracción, ellos deberán subsanar sus infracciones antes del término del Estado de Emergencia, caso contrario, podría devenir posteriormente en contingencias tributarias.

Conclusiones

En este sentido, la presente medida debe entenderse como una ayuda temporal otorgada por la SUNAT ante las circunstancias que vivimos hoy en día.

Por último, cabe resaltar que a la fecha del día de hoy, 16 de junio de 2020, el Estado de Emergencia sigue vigente, y seguirá así hasta el 30 de junio el presente año, por lo que, debe entenderse que la Facultad Discrecional también seguirá surtiendo efecto hasta dicha fecha.

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