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Se suspenden plazos de procedimientos llevados ante relaciones exteriores

Mediante el Acuerdo de fecha 29 de septiembre, la Secretaría de Relaciones Exteriores estableció los cambios a las extensiones de plazos y términos en relación a los trámites que se gestionen bajo su jurisdicción.

Mediante el Acuerdo de fecha 29 de septiembre, la Secretaría de Relaciones Exteriores estableció los cambios a las extensiones de plazos y términos en relación a los trámites que se gestionen bajo su jurisdicción, bajo dichos términos, los cambios quedaron de la siguiente manera;

I. Se reanudan exclusivamente de manera electrónica, los siguientes trámites:

  1. Copias certificadas de carta de naturalización;
  2. Constancias de no naturalización;
  3. Renuncia a la nacionalidad mexicana, y
  4. Cita para la entrega de cartas de naturalización ya expedidas, la cual se realizará únicamente en las Oficinas Centrales de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Ciudad de México.

 

II. A partir del 28 de agosto de 2020 y hasta nuevo aviso que se publique en el Diario Oficial de la Federación, se suspenden por causa de fuerza mayor, los términos legales de las solicitudes presentadas. Tales como;

  1. Solicitudes de permiso para constituir fideicomiso en zona restringida.
  2. Aviso de suscripción del convenio previsto en el artículo 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los instrumentos públicos en los que se haga constar la constitución de sociedades que establezcan la cláusula de admisión de extranjeros.
  3. Aviso de suscripción del convenio previsto en el artículo 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando una sociedad modifique la cláusula de exclusión de extranjeros por la de admisión de extranjeros en las sociedades ya constituidas.

 

III. A partir del 28 de agosto de 2020 y hasta nuevo aviso que se publique en el Diario Oficial de la Federación se suspenden por causa de fuerza mayor, los términos legales de las solicitudes presentadas y la recepción del trámite de Convenio de renuncia para la adquisición de bienes inmuebles fuera de zona restringida.

De igual manera, en caso de existir una emergencia probada en materia de nacionalidad y naturalización, podrá plantearse a través del correo electrónico institucional nacionalidad@sre.gob.mx.

Fuente: Diario Oficial

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