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DETERMINAN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EL PERIODO DE MAYO 2020

Mediante el presente aviso, la Dirección General de Impuesto Internos pone en conocimiento a todos los contribuyentes, las siguientes medidas en relación con las obligaciones tributarias del mes de mayo de 2020:

EXONERACIÓN DE PAGO ISR

Todos los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta (ISR), personas jurídicas o negocios de único dueño, que a la fecha tienen obligación mensual de Anticipos de ISR, quedan exonerados del pago de esta obligación para el período fiscal abril 2020, cuya fecha de vencimiento es el 15 de mayo 2020.

EXCEPCIÓN

Los grandes contribuyentes nacionales que se mantienen operando quedan sujetos al pago del Anticipo de ISR. Si alguno de estos contribuyentes presenta circunstancias particulares que le impidan realizar el pago, podrán solicitar:

  • La exención total de esta obligación
  • La exención parcial de esta obligación

Para ello, deberán adjuntar los documentos que sustenten la disminución de ingresos por causa de fuerza mayor o de carácter extraordinario, al correo electrónico.

ACUERDO DE PAGO IR-1

Se otorga un acuerdo de pago de cuatro cuotas mensuales iguales y consecutivas a todas las personas físicas obligadas a presentar la declaración jurada del Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (IR-1) del periodo fiscal 2019. Este acuerdo se generará automáticamente para todos los contribuyentes que presenten un total a pagar al momento de realizar su declaración jurada.

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