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Reforma a la ley del sistema de ahorro para pensiones

Mediante el Decreto N° 739, publicado el 13 de octubre, el gobierno salvadoreño estableció que aquellos no pensionados que residan en el extranjero.

Mediante el Decreto N° 739, publicado el 13 de octubre, el gobierno salvadoreño estableció que aquellos no pensionados que residan en el extranjero, independientemente de su edad, podrán solicitar la devolución de su saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones. Siempre y cuando se demuestre que mantienen el estatus de domicilio permanente en el extranjero.

Procedimiento

La solicitud de devolución procederá por única vez y deberá ser resuelta en un plazo máximo de 30 días hábiles, desde el momento de su interposición y presentación de la documentación completa.

En los casos de afiliados que mantengan una enfermedad terminal y que haya sido dictaminado por un médico particular deberá validar dicho documento en un plazo máximo de 15 días hábiles a la institución administrativa correspondiente.

Fuente: Diario Oficial

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