Mediante el Acuerdo publicado el 27 de agosto de 2020, la Secretaría de Relaciones exteriores redujo los plazos de resolución y prevención para el trámite de Documento de Identidad y Viaje expedido en las oficinas centrales de la institución.
PLAZOS REDUCIDOS
A fin de contribuir con el progreso de mejora regulatoria, la Secretaría implementó recursos tecnológicos con el fin de instrumentar medidas adicionales que contribuyan a la reducción del costo de la regulación, agilizando la gestión y resolución de trámites de la siguiente manera;
No. | Homoclave | Nombre | Plazos en días hábiles | |
Plazo máximo de resolución del trámite | Plazo máximo de prevención del trámite | |||
1 | SRE-03-010 | Expedición de documento de identidad y viaje a personas mayores de edad | 45 días | 10 días |
2 | SRE-03-011-A | Expedición de documento de identidad y viaje a personas menores de edad. | 45 días | 10 días |
3 | SRE-03-011-B | Expedición de documento de identidad y viaje a personas menores de edad que cuenten con padres o quienes ejerzan legalmente la patria potestad. | 45 días | 10 días |
4 | SRE-03-011-C | Expedición de documento de identidad y viaje a personas menores de edad que cuenten con padres o quienes ejerzan legalmente la patria potestad. | 45 días | 10 días |
5 | SRE-03-011-D | Expedición de documento de identidad y viaje a personas menores de edad que cuenten con padres o quienes ejerzan legalmente la patria potestad. | 45 días | 10 días |
6 | SRE-03-012-A | Expedición de documento de identidad y viaje a personas menores de edad que cuenten con tutor. | 45 días | 10 días |
7 | SRE-03-012-B | Expedición de documento de identidad y viaje a personas menores de edad que cuenten con tutor. | 45 días | 10 días |
El acuerdo entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el diario Oficial de la Federación Mexicana.
Fuente: Diario Oficial de la Federación