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Reconocimiento inicial de activos intangibles de acuerdo con la NIC 38

De acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad N° 38 (NIC 38) un activo intangible se define como un activo identificable de carácter no monetario y sin apariencia física.

Definición de un activo intangible

De acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad N° 38 (NIC 38) un activo intangible se define como un activo identificable de carácter no monetario y sin apariencia física.

Sin embargo, no todos los activos cumplen la definición de activo intangible, debido a que debe cumplir conceptos de identificabilidad, control sobre el recurso y existencia de beneficios económicos futuros.

El criterio de identificabilidad se cumple cuando un activo intangible es separable, o cuando surge de derechos legales u otros derechos contractuales, independientemente de si dichos derechos son transferibles o separables de la entidad o de otros derechos y obligaciones.

La característica del control sobre el recurso se encuentra en el derecho que tenga la entidad de obtener beneficios económicos futuros.  No obstante, la exigibilidad legal de un derecho sobre el elemento no es una condición necesaria para la existencia de control, puesto que la entidad puede ejercer el control sobre los citados beneficios económicos de alguna otra manera.

Entre los beneficios económicos futuros procedentes de un activo intangible se incluyen los ingresos ordinarios procedentes de la venta de productos o servicios, los ahorros de costo y otros rendimientos diferentes que se deriven del uso del activo por parte de la entidad.

Criterios para el reconocimiento inicial

De acuerdo a la Norma, un activo intangible se reconoce si, y sólo si:

  • Es probable que los beneficios económicos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad; y
  • El costo del activo puede ser medido de forma fiable.

 

Asimismo, la norma menciona que, se deberá evaluar el criterio de probabilidad utilizando hipótesis razonables y fundadas que representen las mejores estimaciones de la gerencia considerando las condiciones económicas durante la vida útil del activo.

Al momento del reconocimiento inicial el intangible se mide al costo, los reconocimientos posteriores medirán dichos activos al costo menos la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro acumuladas.

El costo de un activo adquirido de forma separada incluye:

  • Precio de adquisición, incluyendo los aranceles de importación e impuestos no recuperables, después de deducir los descuentos comerciales y las rebajas
  • Cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto

 

El párrafo 28 de la norma muestra algunos ejemplos de costos atribuibles directamente en el reconocimiento inicial:

  1. Los costos de las remuneraciones a los empleados, derivados directamente de poner el activo en sus condiciones de uso;
  2. Honorarios profesionales surgidos directamente de poner el activo en sus condiciones de uso; y
  3. Los costos de comprobación de que el activo funciona adecuadamente.

 

El reconocimiento de los costos en el importe en libros de un activo intangible finalizará cuando el activo se encuentre en el lugar y condiciones necesarias para operar de la forma prevista por la gerencia.

No se reconocerán como activos intangibles las marcas, las cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares que se hayan generado internamente.

Veamos a continuación algunos ejemplos de intangibles y determinaremos si los mismos están dentro del alcance de esta norma:

  • La adquisición de una marca reconocida en el mercado, de un producto que podrá ser comercializado durante un período de 20 años. Esta marca cumple con la definición de activo intangible de acuerdo con la norma. En este caso la empresa ejercerá el control de la producción y comercialización del producto bajo la marca y tiene el derecho legal sobre la misma, cumpliendo con los criterios de identificabilidad, control y va a generar beneficios económicos futuros.
  • La adquisición de una línea de transporte urbano con licencias para operar 50 buses en una ruta específica de la ciudad, que pueden ser transferibles a otras empresas. De acuerdo con la definición de activo intangible, estas licencias para cubrir las rutas urbanas pueden reconocerse como tal, debido a que la empresa ejercerá el control porque tiene el derecho legal a operar, cumpliendo con el criterio de identificabilidad, control y podrá generar beneficios económicos futuros.
Islava Zulema Ruiz Quiroz
Diplomado en NIIF
Lcda. En Contaduría Pública

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