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REANUDACIÓN DE PLAZOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANTE SUNAT

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) iniciará la reanudación de plazos de los procedimientos administrativos que tiene dentro de sus facultades.

SUSPENSIÓN DE PLAZOS PROCEDIMENTALES

Como se sabe, con fecha 20 de marzo, se suspendieron los plazos de los procedimientos administrativos hasta por 30 días debido al aislamiento nacional obligatorio. Dicho plazo fue extendido hasta el 10 de junio, mediante Decreto Supremo N° 087-2020-PCM. Sin embargo, habiendo pasado esa fecha, el Gobierno no prorrogó la suspensión. Por ende, desde el 11 de junio, corren los plazos de todos los procedimientos en todas las entidades del Estado.

CASO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANTE SUNAT

En el caso específico de la SUNAT, dada la NO prórroga de los plazos de procedimientos administrativos, éstos se reanudarán desde el 11 de junio del 2020, tales como los derechos de reclamación, apelación y cobranza coactiva.

Asimismo, se volverían a contar los plazos de prescripción de la deuda, así como los plazos de caducidad de la deuda tributaria.

CASO DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DEMÁS ENTIDADES

De igual manera, aplicaría la misma lógica para las demás entidades, es decir, tendrían que reactivarse otro trámites en diversos entes del Estado (ya sea Sunafil, Indecopi, Sunarp, Municipalidades, Tribunal Fiscal, etc). Todo ello implica, que los administrados deban cumplir con la presentación de documentos dentro del tiempo otorgado.

ASPECTOS A TENER EN CUENTA

  • Cabe recordar que conforme lo establece el numeral 6 del Artículo 62-A del Código Tributario, el plazo de fiscalización definitiva se suspende durante el plazo en que por causas de fuerza mayor la Administración Tributaria interrumpa sus actividades. En ese sentido, SUNAT puede considerar dicha situación, para justificar que los plazos de justificación siguen suspendidos, aunque los plazos de cobranza coactiva se reanuden.
  • En este sentido, el plazos de suspensión del procedimiento de Fiscalización se amplía hasta el 30 de junio del presente año.
  • De igual manera, los plazos que tiene la Administración Tributaria para resolver los recursos administrativos (reclamación y apelación) se reanudan. Así como las solicitudes de devolución y/o compensación.
  • Se espera que el Gobierno aclare dichas dudas para que los administrados no se vean perjudicados.
  • Cabe recordar que, los contribuyentes podrán presentar los escritos por la mesa de partes virtual que ha establecido la SUNAT.

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