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PRÓRROGA VENCIMIENTO GENERAL PAGO CONTRIBUCIONES PATRONALES

Mediante Resolución General 4833/2020, publicada con fecha 9 de octubre de 2020, se establece una reducción de contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y una prórroga del vencimiento del pago de contribuciones patronales, tal como se detalla a continuación.

1. BENEFICIO DE REDUCCIÓN DE CONTRIBUCIONES PATRONALES AL SIPA

Se resuelve extender el beneficio a los empleadores que resulten alcanzados por el beneficio de reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) correspondientes al período devengado septiembre de 2020, conforme lo establecido en la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 1.760 del 27 de septiembre de 2020.

2. BENEFICIO DE POSTERGACIÓN DEL VENCIMIENTO DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES AL SIPA

Los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades catalogada como no críticas, que cumplan con los parámetros de facturación definidos en la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 1.760 del 27 de septiembre de 2020, y siempre que hayan cumplido con las obligaciones previstas en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.693, su modificatoria y sus complementarias, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al SIPA, del período devengado septiembre de 2020, debiendo realizar el mismo hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se detallan a continuación:

TERMINACIÓN CUIT FECHA
0, 1, 2 y 3 14/12/2020
4, 5 y 6 15/12/2020
7, 8 y 9 16/12/2020

3. PRÓRROGA VENCIMIENTO GENERAL PERÍODO SEPTIEMBRE 2020

Para una adecuada instrumentación de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, citados en líneas precedentes, se prorroga el vencimiento general de presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado septiembre de 2020, conforme el siguiente cronograma:

TERMINACIÓN CUIT FECHA
0, 1, 2 y 3 14/10/2020
4, 5 y 6 15/10/2020
7, 8 y 9 16/10/2020

Sin perjuicio de lo expuesto, aquellos contribuyentes que se registren y resulten alcanzados por el beneficio de postergación previsto en el punto dos, deberán ingresar el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino según el vencimiento fijado en dicho apartado.

4. ENTRADA EN VIGENCIA

Entra en vigencia a partir del 9 de octubre de 2020.

Fuente: Boletín Oficial

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