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PRÓRROGA DE PLAZO PARA LAS ENTIDADES INSCRITAS EN EL REGISTROS DE LA CNV

Con fecha 14 de agosto del 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de Uruguay, la Resolución CNV CG N° 21/20, mediante la cual, se establece la prórroga de plazo de carácter excepcional para las entidades inscritas en el Registro de la Comisión Nacional de Valores para la remisión de información periódica trimestral correspondiente al 30 de junio de 2020, conforme lo siguiente:

1. PRÓRROGA DE PLAZO

Se dispone de carácter excepcional para las entidades inscritas en el Registro de la Comisión Nacional de Valores, prorrogándose el plazo de la remisión de la siguiente información periódica a la Comisión Nacional de Valores y a la Bolsa:

  • Estados Financieros trimestrales al 30 de junio del 2020: hasta el 31 de agosto del 2020.

 2. RAZÓN DE SER DE LA NORMA

Dada la coyuntura y la necesidad de implementar las medidas de prevención del riesgo de expansión del COVID-19 en el territorio nacional, es necesario establecer prórrogas de plazos, en este caso específico de los estados financieros trimestrales ante la CNV, dado el escenario de coyuntura excepcional.

3. ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 14 de agosto del 2020.

Fuente: La Gaceta

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