Mediante la Resolución de Superintendencia N° 073-2020/SUNAT, establece posterga fechas de designación de emisores electrónicos y otorga facilidades.
¿CUÁLES SON ESTAS FACILIDADES?
- Para aquellos contribuyentes que adquirieron la calidad de emisor electrónico por determinación de la SUNAT, en el mes de octubre de 2019 y a partir del 1 de abril de 2020, podrán continuar emitiendo facturas, boletas de venta y notas de crédito y/o notas de débito en formatos impresos y/o importados por empresas autorizadas hasta el día 31 de agosto del 2020.
- Asimismo, aquellos sujetos que se inscribieron en el Registro Único de Contribuyentes en el mes de enero de 2020, y que al tercer mes siguiente al mes de su inscripción.
- Se hayan acogido al Régimen MYPE Tributario o al Régimen Especial del impuesto a la renta o hayan ingresado al Régimen General de dicho impuesto, con ocasión de la presentación de la declaración mensual correspondiente al mes de inicio de actividades declarado en el RUC, conforme a las normas dela materia.
- De no haber presentado la declaración indicada, hayan comunicado al RUC, en el rubro tributos afectos, que optan por alguno de los referidos regímenes.
Podrán continuar emitiendo los formatos impresos y/o importados por imprentas autorizados hasta el 31.08.2020.
- A partir del 1 de setiembre de 2020, los sujetos antes señalados, deberán emitir comprobantes de pago y notas vinculadas a estos a través del SEE, salvo los supuestos que indique la Administración Tributaria, mediante resolución.
- Asimismo, a lo sujetos que adquirieron la calidad de emisor electrónico por elección durante los meses de noviembre de 2019 a febrero de 2020, respecto las facturas electrónicas, boleta de ventas electrónicas y/o notas electrónicas, seguirán el siguiente cuadro de fechas:
- A los sujetos que se inscribieron en el RUC en los meses de febrero, marzo y abril de 2020 y los que se inscriban en dicho registro en el mes de mayo de 2020, tendrán como nueva fecha de designación.
¿CUÁNDO ENTRA EN VIGENCIA?
La presente resolución surte efecto a partir del 30 de abril de 2020.