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FUNCIONAMIENTO DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES TRANSITORIOS

En razón a la coyuntura sanitaria que atraviesa el país, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial considera conveniente que el plazo de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios que vence el 31 de julio de 2020, sea prorrogado por períodos no mayores a tres meses; y que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones Corridas Nros. 004, 031 y 057-2020-CE-PJ y las medidas de emergencia sanitaria, dispongan las acciones pertinentes a fin de agilizar la descarga procesal de todos los órganos jurisdiccionales transitorios asignados.

Fuente: El Peruano

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