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Dictan Medidas para Almacenar y Distribuir la Vacuna Contra Covid-19

Con fecha 3 de diciembre del 2020, se publica en el Diario El Peruano, el Decreto de Urgencia N° 131-2020 por el cual dictan medidas extraordinarias que permitan el almacenamiento, conservación, distribución y aplicación de la vacuna contra la COVID-19.

1. Financiamiento al Ministerio de Salud

Se autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2020 al Ministerio de Salud a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático hasta por el monto de S/ 20 879 175,00, con la finalidad desarrollar las actividades contempladas en el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19.

2. Adquisición de Equipos de Cadena de Frío para Almacenamiento de Vacuna

Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 145 639 384,00, a favor del pliego Ministerio de Salud con la finalidad de financiar la adquisición de equipos de cadena de frio para fortalecer los puntos de almacenamiento y conservación de la vacuna y actividades contempladas en el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19.

3. Financiamiento al Ministerio de Trabajo

Se autoriza, una Transferencia de Partida en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 42 350 526,00 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para ser transferidos a favor del Seguro Social de Salud (EsSalud), para financiar la implementación y equipamiento de la cadena de frio por parte del Seguro Social de Salud (EsSalud), a nivel nacional, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas.

4. Responsabilidad en Uso de Recursos

Los titulares de los pliegos son responsables de su adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos. Los recursos que se transfieran en el marco de la norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

5. Entrada en Vigencia

La norma rige desde el 4 de diciembre del 2020 hasta el 31 de diciembre del 2020.

Fuente: El Peruano 03/12/20

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