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APRUEBAN EXPEDICIÓN DEL CRI

A través de la Resolución de SUNARP N° 099-2020, publicada el 23 de julio, la Superintendencia nacional de los registros públicos peruanos aprobó el uso del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) para la expedición virtual del Certificado Registral Inmobiliario (CRI).

FORMA DE APLICACIÓN

Si bien, la solicitud de este documento ya se realizaba a través del medio digital, este solo procesaba el pedido de emisión, sin embargo, la expedición del documento se realizaba de manera física, en las oficinas de la entidad.

Debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la Superintendencia, se ve en la necesidad de implementar este apoyo tecnológico a fin de evitar la conglomeración de personas, y evitar un mayor número de contagios en el territorio nacional.

En ese sentido, el Certificado Registral Inmobiliario, podrá ser tramitado a través del SPRL, siempre y cuando cuente con la firma electrónica respectiva y el código de verificación otorgado por la entidad.

VIGENCIA

La presente norma, empezará a surtir efectos desde el 03 de agosto, según se establece en el artículo 3° de la misma.

Fuente: El Peruano

 

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