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PERÚ : MODIFICAN REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ

Mediante la Resolución Ministerial N° 165-2020-EF/15, publicada el 01 de junio, el Ministerio de Economía y finanzas emitió el nuevo reglamento operativo aplicable al programa “Reactiva Perú”, esto a raíz de las múltiples quejas por parte de las MYPES, al no ser considerados por las entidades bancarias como posibles acreedores al subsidio.

A fin de mejorar esta situación, se tomó como medida la ampliación de la cobertura del programa para este sector, elevando la misma hasta tres veces más de lo estipulado en un inicio.

Dichos parámetros quedarían definidos de la siguiente manera;

Créditos para las MYPEs (En Soles) Garantías (%)
Hasta 90 000 98%
De 90 001 hasta 750 000 95%
De 750 001 hasta 7 500 000 90%
De 7 500 001 hasta 10 000 000 80%

 

Cabe resaltar, que el crédito en cuestión no será otorgado a aquellas empresas que tengan deudas tributarias administradas por la SUNAT, previas al año 2020, susceptibles a la cobranza coactiva que alcance un importe superior a una (01) UIT (S/. 4.300). Si la deuda tributaria es menor a dicho monto, si se podrá conceder el préstamo.

Asimismo, es esencial que la empresa se encuentre en la categoría de “Normal”, en el periodo de febrero de 2020, o de no contar clasificación de dicho momento, deberá haber mantenido dicha categoría al menos doce (12) meses previos a la solicitud del préstamo.

Adicionalmente, las modificaciones determinan que aquellas empresas que ya hayan sido beneficiarias del crédito otorgado por el programa, pero que no hayan superado el monto máximo establecido por las disposiciones, podrán acceder por única vez a un nuevo préstamo, conservando la cobertura que tuvieron en el crédito inicial.

La presente resolución modifica el Anexo 1 del reglamento operativo, que precisa la lista de empresas que no son objeto de financiamiento del programa, incorporando de este modo a aquellas empresas que se dediquen a la producción de bebidas alcohólicas en general también podrán acceder al subsidio, acompañando a las productoras de cerveza, vino y pisco que ya se encontraban previamente habilitadas para acceder al crédito. De igual manera, las empresas dedicadas a la producción, comercio, almacenamiento o transporte de altas cantidades de productos y químicos peligrosos, también podrán acceder al programa siempre y cuando cumplan con los permisos y autorizaciones respectivos de la entidad competente.

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