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REGULACIÓN SOBRE JORNADA DE TRABAJO

A través del Decreto Ejecutivo N° 101, publicado el 13 de julio, el Ejecutivo planteó una serie de modificaciones a la jornada laboral de trabajo con el fin de mitigar los daños ocasionados por la crisis del COVID-19 y mantener un nivel de protección apropiado dentro de la población panameña.

DISMINUCIÓN DE HORAS LABORALES

La normativa indica que se podrán reducir las jornadas de trabajo hasta un 50% de las horas de trabajo por mes. Es importante resaltar que, pese a la modificación o reducción de la jornada, no implicará una afectación al monto por hora pactado en el contrato del trabajador.

Asimismo, los descuentos y retenciones legales serán ajustados de acuerdo al monto final resultante de la modificación de la jornada. Cualquier modificación o reducción realizada en el 2020 no podrá durar más allá del día 31 de diciembre de 2020.

SOBRE LAS CONTRATACIONES

Mientras el presente acuerdo sea aplicable, las empresas solo podrán contratar trabajadores en el caso de posiciones nuevas, que no puedan ser ocupadas por algún personal de la empresa previo a la reducción de jornada. Toda decisión de contratación deberá ser informada al sindicato correspondiente, o en su defecto (de no existir) a los trabajadores de la organización.

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