Mediante la Resolución N° 902, publicada el 24 de septiembre, el Ministerio de Salud autorizó que, a partir del 28 de septiembre de 2020, se reactivaran las operaciones y movilización de las actividades establecidas en el proyecto “Ruta hacia la nueva normalidad”
REACTIVACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES
El objetivo de la legislación, es brindar a la economía del país un pequeño empuje, por lo que restablecerá las actividades enunciadas a continuación, siempre y cuando, cumplan con todos los protocolos de seguridad y salubridad designados.
1. Con presencia del público;
- El comercio al por menor, que incluye la apertura de centros comerciales.
- Los restaurantes y fondas.
- Todos los servicios profesionales.
- Los servicios administrativos generales.
2. Sin presencia del público;
- El hipódromo “Presidente Ramón”, únicamente con mecanismos de apuestas virtuales.
PROTOCOLOS DE SEGURIDAD Y SALUBRIDAD
Como mencionamos previamente, para que dichas actividades puedan funcionar de manera óptima, estas deberán cumplir las regulaciones estipuladas por el ministerio, las cuales son;
- Solo podrán operar de lunes a sábado.
- Los centros comerciales deberán abrir desde las 10:00 am en adelante.
- Deberán cumplir con los lineamientos para el retorno de la normalidad establecidos en la Resolución N° 405 de 11 de mayo de 2020, así como las guías sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud.
- Deberán proveer a sus trabajadores con los implementos de bioseguridad necesarios para el trabajo respectivo.
VIGENCIA
La normal entrara en vigencia desde el momento de su promulgación.
Fuente: La Gaceta