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Medidas Extraordinarias para Mitigar la Propagación del Covid-19

Con fecha 7 de diciembre del 2020, se publica en la Gaceta Oficial de Panamá, la Resolución N° 1378 por el cual se establece medidas extraordinarias en la provincia de Panamá, a fin de mitigar la propagación de la COVID-19.

1. Toque de Queda

Se establece un toque de queda en la provincia de Panamá, de lunes a domingo, desde las 9:00 pm hasta las 5:00 am, a partir del 8 de diciembre del 2020, manteniéndose las excepciones contempladas en el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 507.

2. Prohibiciones de Ventas de Bebidas Alcohólicas

Queda prohibido la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la provincia de Panamá, desde las 9:00 pm hasta las 5:00 am de lunes a domingo, a partir del 8 de diciembre del 2020. Esta prohibición incluye el servicio de delivery durante el horario establecido.

El incumplimiento de dicha prohibición, será responsabilidad de las autoridades municipales.

3. Prohibición de Realización de Celebraciones

Se mantiene prohibida la realización de fiestas, celebraciones o reuniones que concentren un gran número de personas, en casas o domicilios particulares, complejos o torres habitacionales, propiedad sujeta o no al Régimen de Propiedad Horizontal, y sus áreas comunes o sociales, incluyendo hoteles, complejos residenciales, complejos de playa o de campo que sean privados, con excepción de aquellas que se realicen dentro de la burbuja familia, que incluye únicamente las personas que viven en la residencia.

4. Entrada en Vigencia

La norma rige desde el 7 de diciembre del 2020.

Fuente: La Gaceta 09/12/20

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