Con fecha 25 de setiembre del 2020, se publica en la Gaceta Oficial, la Resolución N° 201-5460 por el cual se inhabilita temporalmente el NIT y el RUC de aquellos contribuyentes con indicios de violación a la seguridad de su cuenta en el sistema e-Tax 2.0 y se dictan otras medidas:
1. INHABILITACIÓN DEL NIT Y RUC
Se ha dispuesto la inhabilitación temporal del Número de Identificación Tributaria (NIT) y el Registro Único de Contribuyente (RUC) de todos aquellos contribuyentes que mantengan un pago de cualquier tributo competencia de la Dirección General de Ingresos (DGI) en contracargo o reclamo ante las entidades financieras por no reconocer dicho pago y cuya suma no ha sido efectivamente informada a la Administración Tributaria.
2. ELIMINACIÓN DE PAGOS O RECLAMOS EN LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Se ha dispuesto eliminar de la cuenta corriente del contribuyente aquellos pagos objeto de contracargo o reclamo en las entidades financieras por parte de quien realizó el mismo y cuya suma no ha sido efectivamente informada a la DGI.
Dichos pagos se tendrán como no hechos y la cuenta conservará la misma condición previo al pago en contracargo o reclamo, generándose los intereses, recargos y/o multas que correspondan.
3. PAGO DE MOROSIDAD DE ALGÚN TRIBUTO
Se deja sin efecto cualquier certificación de paz y salvo emitido como consecuencia del pago de la morosidad de algún tributo y que dicho pago sea objeto de contracargo o reclamo ante las entidades financieras y cuya suma no ha sido efectivamente informada a la DGI.
Las certificaciones afectadas ni podrán considerarse para trámite alguno, por lo que se oficiará a todas las entidades estatales informando que las certificaciones de paz y salvo expedidas en estas condiciones no son válidos y se proceda a cancelar cualquier gestión iniciada con los mismos.
4. ENTRADA EN VIGENCIA
La norma rige desde el 25 de setiembre del 2020.
Fuente: La Gaceta