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GUATEMALA : ESTABLECEN MEDIDAS LABORALES DENTRO DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA EL CONTROL DEL COVID-19

Con fecha 2 de Junio del 2020, se ha publicado en el Diario de Centro América de la República de Guatemala, el Acuerdo Ministerial N° 144-2020, mediante el cual, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social emite la Estrategia Nacional  de control de la epidemia de Sars Cov-2 y condicionada del confinamiento.

Ante lo cual se han establecido medidas en el ámbito laboral siendo las principales medidas las siguientes:

ESTRATEGIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL EN LOS CENTROS DE TRABAJO FORMALES

Los empleadores que consideren el aumento gradual de sus actividades de conformidad con las Fases de Desescalada deberán cumplir con las siguientes normas básicas:

  1. Registro de la empresa en el Distrito de Salud
  2. Clasificación de sus empleados en categorías de alto riesgo (mayores de 60 años, mujeres embarazadas, personas con enfermedad pulmonar crónica, asma severa, hipertensión arterial, condiciones cardiacas severas, inmunodeficiencia, obesidad severa, diabetes, enfermedad hepática crónica y/o enfermedad renal crónica que requiere de diálisis) y bajo riesgo.

¿CUÁLES SON LAS NORMAS MÍNIMAS DE PREVENCIÓN DE LA TRANSMISIÓN DEL SARS COV-2 EN LOS CENTROS DE TRABAJO?

Los centros de trabajo deberán aplicar como mínimo lo siguiente, con la finalidad de prevenir el contagio del SARS COV-2:

  1. Implementación de medidas de distanciamiento social de por lo menos 1.5 metros entre   los empleados mismos y los consumidores.
  2. Disponer de estaciones para limpieza apropiada para manos
  3. Uso de mascarillas no-quirúrgicas
  4. Brindar protección a los empleados de categoría de alto riesgo de contraer la enfermedad por COVID-19
  5. Implementación de un sistema de tamizaje de empleados
  6. Reporte de caso sospechoso al Distrito de la Salud Pública
  7. Establecer una política interna para asegurar el transporte de personas sospechosas
  8. Los empleados enfermos de COVID-19 no deberán retornar a su trabajo hasta que se hayan cumplido con los criterios para descontinuar el aislamiento
  9. Asegurar la disponibilidad de insumos para desinfección para que puedan ser utilizados
  10. Designar 1 o más monitores que responda a dudas sobre COVID-19

ESTRATEGIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES

En el caso de los trabajadores independientes se han dispuesto las siguientes medidas de prevención y control:

  1. Reforzar el uso de medidas de distanciamiento social entre trabajadores y cliente
  2. Limpieza periódica y apropiada de manos durante interacción con clientes
  3. Uso de mascarillas durante la prestación de servicios al cliente
  4. Prueba de detección para confirmar la enfermedad de COVID-19

ESTRATEGIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL PARA EL TRANSPORTE DE PASAJEROS

Respecto a la movilización de personas se ha establecido que para evitar la prevención y control durante el transporte se deberá considerar:

  1. Reforzar el uso de medidas de distanciamiento social entre pasajeros
  2. Limpieza periódica y apropiada de manos durante interacción con pasajeros
  3. Limpieza y desinfección de las unidades de transporte
  4. Exigir el uso obligatorio de mascarillas durante la prestación del servicio de transporte

ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 3 de junio del 2020.

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