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FIJAN UN NUEVO PERIODO FISCAL EXTRAORDINARIO

Mediante la Resolución General No. 4766/2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dispuesto establecer un nuevo periodo de feria fiscal extraordinario.

¿EN QUÉ CONSISTE LA FERIA FISCAL?

La presente medida significa la extensión de los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social, la cual debido al contexto económico se encuentra la sociedad argentina producto de la propagación del Coronavirus, ayudará a los contribuyentes a solventar sus obligaciones.

NUEVO PLAZO DE FERIA FISCAL

En este sentido, la administración ha fijado entre los días 18 de julio y 2 de agosto de 2020, ambos inclusive, este nuevo período de feria fiscal extraordinario.

EXCEPCIÓN DE EXTENSIÓN DE PLAZO

Se exceptúa de lo dispuesto en la presente norma a los procedimientos previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.703, es decir, para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a la Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

ENTRADA EN VIGENCIA

La norma surte efecto a partir del 21 de julio de 2020.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina

 

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