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DICTAN MEDIDAS EN MA, FINANCIERA, FISCAL Y DE CP ÁRA MITIGAR EL CoV-2

Mediante Decreto-Ley 6/2020, publicado con fecha 23 de mayo de 2020, se dispuso medidas, entre otras, en materia financiera, fiscal y asistencial, con la finalidad de mitigar los efectos generados por el Coronavirus, en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

EN MATERIA FISCAL

En materia fiscal, el plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos correspondiente al periodo del 1 de octubre del 2019 al 31 de marzo del 2020 será entre los días 1 y 20 de octubre del 2020.

EN MATERIA ECONÓMICA

En materia económica, el Gobierno tendrá que adoptar las medidas necesarias en relación con el canon a satisfacer en el ejercicio 2020 por parte de Feria Internacional de Barcelona a favor de Feria 2000, S.A., con el fin de garantizar la continuidad y estabilidad de la actividad ferial que se ha visto afectada como consecuencia de la caída de la pandemia del SARS CoV-2.

EN MATERIA FINANCIERA

En materia financiera, bajo en el ámbito de las pequeñas y medianas empresas, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña debe constituir un fondo por un importe máximo de 188 millones de euros a dotar en un periodo de cinco años con las siguientes finalidades:

  • 2.500.000,00 euros para garantizar el riesgo que asuman el Instituto Catalán de Finanzas y Avalis de Cataluña, SGR en garantía del 75 % del principal de los préstamos que las entidades financieras otorguen a las pequeñas y medianas empresas para paliar los efectos de la pandemia a la que se refiere el presente decreto ley.
  • 3.000.000,00 de euros para aportar al Fondo de Provisiones Técnicas de Avales de Cataluña, SGR.

VIGENCIA

El presente Decreto – Ley surte efecto a partir del 23 de mayo de 2020

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