Logo TPC Group
  • Español
  • Português
  • English

Disposición Sobre Protección a Trabajadores con Condición Médica Vulnerable

Con fecha 1 de diciembre del 2020, se publicó en el Diario Oficial El Salvador, el Decreto N° 744 por el cual se busca la protección de trabajadores con condición médica vulnerable en todo el territorio salvadoreño, frente al COVID-19, conforme lo siguiente:

1. ¿Quiénes son los Trabajadores en Situación de Vulnerabilidad?

Tienen esa condición, los siguientes trabajadores:

  • Todos los trabajadores mayores de 60 años de edad con patología crónica.
  • Mujeres en estado de embarazo de alto riesgo.
  • Personas con enfermedades crónicas degenerativas.
  • Personas con insuficiencia renal crónica.
  • Personas transplantadas.
  • Personas con hipertensión arterial sistémica y pulmonar complicada.
  • Personas diagnosticadas y en tratamiento por cáncer.
  • Personas con tratamiento de inmunosupresores.
  • Personas con enfermedades pulmonares crónicas descompensadas.
  • Personas con obesidad mórbida.
  • Personas convalecientes de COVID-19 en su primer mes de recuperación.

2. ¿Qué es Incapacidad Médica?

Son aquellas personas que tengan exclusivamente una de las condiciones médicas detalladas en el anterior numeral, y deberán presentar la respectiva incapacidad emitida por facultativo debidamente autorizado del Instituto Salvadoreño del Seguro Social.

3. Resguardo Domiciliar

Todos los trabajadores con condición médica vulnerable podrán resguardarse en sus respectivos lugares de domicilio o residencia, a fin de evitar el contagio. En consecuencia, no se podrán ver afectados laboralmente si están autorizados para no asistir a su centro de trabajo.

4. Teletrabajo y Salario

Las instituciones públicas y privadas en la medida de lo posible, dependiendo del tipo de funciones de cada trabajador con condición médica favorable deberán asignarle actividades laborales para que dichos trabajadores la desempeñen bajo la modalidad de teletrabajo. Asimismo, deberán recibir un salario.

Para trabajadores del sector privado deberán recibir subsidio respectivo del Instituto Salvadoreño del Seguro Social que le corresponda según el tipo de incapacidad.

5. Infracciones y Sanciones

Son infracciones administrativas imputables al patrono en caso de que obliguen al trabajador con condición médica favorable, a presentarse al lugar de trabajo, o no pagar el salario que corresponda. La multa dependerá de la gravedad de la infracción y capacidad económica del infractor.

6. Entrada en Vigencia

La norma rige desde el 1 de diciembre del 2020, y estará vigente por 180 días adicionales.

Fuente: Diario Oficial 07/12/20

Noticias Relacionadas

Colombia: Fiscalización de Precios de Transferencia

En los últimos años, la fiscalización en materia de Precios de Transferencia en Colombia ha experimentado una evolución significativa, pasando de enfocarse principalmente en aspectos formales a indagar más a fondo en las operaciones realizadas por los contribuyentes.

LEER NOTICIA »