Mediante la Ley No. 6.589, el Ministro de Hacienda de Paraguay dispone la disminución de costos en operaciones comerciales de importación, exportación y tránsito de mercaderías, a través de la disminución de los costos operativos en los puertos y aeropuertos nacionales.
1. FINALIDAD.-
Se busca con la presente Ley, incentivar el tráfico comercial en las operaciones de importación y exportación, a través de la disminución de los costos operativos en los puertos y aeropuertos nacionales.
2. REDUCCIÓN DE TASAS Y TARIFAS DE AEROPUERTOS Y PUERTOS NACIONALES.-
Como disminución de costos, se ha dispuesto lo siguiente:
- La reducción de un 50%, el monto de las tasas y tarifas vigentes a la fecha, establecida para los usuarios regulares y no regulares por servicios aeroportuarios de carga aérea de importación, exportación y tránsito.
- La reducción de un 50%, el monto de las tarifas aplicadas en concepto de prestación de servicios generales a las mercaderías establecidas en el Decreto No. 12294/2008.
3. VIGENCIA.-
La presente ley surte efecto hasta el 30 de junio de 2021.
Feunte: La Gaceta