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NUEVA TASA DE INTERÉS SOBRE DEUDAS A CARGO DEL SUJETO PASIVO Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Mediante la Resolución DGA-425-2020, la Dirección General de Aduanas ha establecido una nueva tasa de interés sobre deudas que se indican.

1.¿CUÁL ES LA NUEVA TASA DE INTERÉS?

Se establece en 10.54% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria, de conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el artículo 61 de la Ley General de Aduanas.

2.¿EN QUÉ CASO SE APLICARÁ ESTA NUEVA TASA?

Será aplicable en caso de pagos de la obligación tributaria aduanera realizadas posteriores al momento del hecho generador o cobros indebidos de tributos realizados por la Administración Aduanera

Asimismo, para el cobro de intereses en caso de multas impuestas por el Servicio Nacional de Aduanas no pagadas, las cuales se computarán a partir de los tres días hábiles siguientes a la firmeza de la resolución que las fija.

3.VIGENCIA.-

La presente tasa de interés será aplicable a partir del 1 de octubre de 2020.

Fuente: La Gaceta Diario Oficial

 

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