Mediante el Decreto N° 42323, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio establece la prórroga de la vigencia de la condición PYME.
¿CUÁL ES LA PRÓRROGA ESTABLECIDA?
La prórroga ha sido otorgada por el plazo de 9 meses contados a partir del 27 de abril, para aquellas PYMES, cuya condición tiene como fecha de vencimiento los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2020.
¿A PARTIR DE CUÁNDO SURTE EFECTO ESTA MEDIDA?
El presente decreto rige a partir del 30 de abril de 2020.