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MODIFICAN PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO FORMAL Y OTROS

Mediante la Ley 2060, se dispone modificar el Programa de Apoyo al Empleo Formal y Programa de Apoyo para el Pago de la Primera de Servicios.

1. MODIFICACIONES AL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO FORMAL:

  • Se ampliará hasta el mes de marzo de 2021 el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF).
  • Podrán ser beneficiarios del PAEF las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos que cumplan, entre otros, el siguiente requisito:
    • Los patrimonios autónomos deberán aportar el Número Único de Identificación Tributaria (NIT) y ser declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios.
  • Asimismo, se dispone que el número de empleados corresponde al número de empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes inmediatamente anterior al de la postulación a cargo de dicho beneficiario. Los empleados específicos que serán tenidos en cuenta para el cálculo del aporte estatal deberán corresponder al menos en un 50% con los empleados individualmente considerados que hayan sido reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
  • Por otro lado, también se modificó el procedimiento de postulación para la obtención del PAEF, en lo que respecta a lo siguiente:
    • Se debe contar con la solicitud de postulación firmada por el representante legal, por la persona natural empleadora o por el representante legal de la fiduciaria que actúa como vocera o administradora del patrimonio autónomo, en el cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del programa.
    • También se deberá contar con la certificación firmada por el representante legal y el revisor fiscal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor.
  • Por último se modifica la cuantía del PAEF, estableciendo que se determinará a través del número de empleados multiplicado por hasta el cuarenta por ciento del valor del salario mínimo legal mensual vigente.

2. MODIFICACIONES DEL PROGRAMA DE APOYO PARA EL PAGO DE LA PRIMA DE SERVICIOS

Se ampliará el segundo pago de la prima de servicio del año 2020 al Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) establecido a través del Decreto Legislativo 770 de 2020.

Por otro lado las modificaciones establecidas para el PAEF respecto a los requisitos de los patrimonios autónomos y los criterios de postulación serán aplicables para el PAP.

3. DISPOSICIONES COMUNES

El plazo señalado a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social será de cuatro años.

4. VIGENCIA

La presente Ley rige a partir del 22 de octubre de 2020.

Fuente: Diario Oficial

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