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PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD

Con fecha 23 de octubre del 2020, se publica en el Diario Oficial de Chile, la Ley N° 21.279, por la cual se prorroga la vigencia de las cédulas de identidad para el efecto de participar en las elecciones o plebiscitos que se realicen hasta el término del proceso constituyente establecido de conformidad a los Artículos 130 y siguientes de la Constitución Política de la República.

1. ACEPTACIÓN DE CÉDULAS DE IDENTIDAD

En las elecciones o plebiscitos que se realicen entre la fecha del 23 de octubre del 2020 y el término del proceso constituyente establecido de conformidad a los artículos 130 y siguientes de la Constitución Política de la República, para el solo efecto de identificar al elector nacional, se aceptarán las cédulas de identidad o pasaportes que hayan vencido a contar del 1 de octubre de 2019.

2. SOBRE EL ELECTOR EXTRANJERO

La misma regla establecida en el numeral anterior se aplicará al elector extranjero respecto a la cédula de identidad para extranjeros.

3. ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 23 de octubre del 2020.

Fuente: Diario Oficial

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