Es el documento que permite de declarar -mensualmente impuestos como el IVA, Pagos Provisionales Mensuales (PPM), Retenciones de Boletas de honorarios e Impuesto Único de Segunda Categoría.
¿Qué es el formulario 50?
Denominado «Formulario de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos», permite declarar y pagar en un solo trámite diversos impuestos con distintos plazos legales de vencimiento, como:
- Retenciones por Impuesto Adicional sobre diferentes servicios y/o remuneraciones recibidas por personas sin residencia ni domicilio en Chile.
- Remesas y Retiros de personas en la misma condición del punto anterior.
- Por Derechos de Explotación ENAP.
- Impuesto Específico al petróleo diésel, a las gasolinas del parque automotriz, al gas natural comprimido o al gas licuado de petróleo.
- Impuesto sobre juegos de azar, por entradas a casino, por apuestas hípicas.
- Impuesto por retiros de excedentes de libre disposición de los fondos de pensión.
- Impuesto por Rentas esporádicas de primera categoría.
- PPM voluntario.
- Impuesto sobre tabacos manufacturados.
- Reintegro y devolución de Renta.
- Ad Valorem Zona Franca.
- Impuesto Único a los Trabajadores enterado por ellos mismos.
¿Cuál es la normativa que la regula?
Se encuentra regulada mediante la RESOLUCIÓN EXENTA SII N° 19, publicada mediante el Diario Oficial de la República de Chile, con fecha 12 de febrero.
¿Qué dispone dicha resolución?
Busca establecer la obligatoriedad de los contribuyentes de presentar Formularios N°s 29 y 50, de declaración mensual y pago simultaneo de impuestos, únicamente a través de internet en la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿Cuál es la finalidad de dicha resolución?
La presente resolución tiene como finalidad mejorar el sistema de recaudación, haciéndolo más eficientes y seguro, debido a que la declaración y pago vía internet de los impuestos, permite un mayor ahorro de tiempo, reduce los costos de procesamiento y mejora la exactitud de la información, tanto para el Servicio de Impuestos, como para los contribuyentes.
A esto se suma, que según el SII más de un 99,5% de las declaraciones de formularios N°s 29 y 50 se realizan a través de Internet, lo que revela una facilidad de acceso y preferencia por parte del contribuyente.
¿En qué casos los contribuyentes se encuentran inafectos?
Es importante señalar que dicha medida no afectará a los contribuyentes que no puedan acceder a Internet por sus propios medios, porque ellos podrán acudir a cualquiera de las Unidades del SII, donde encontrarán los medios tecnológicos y el personal capacitado, para presentar, de forma gratuita, las declaraciones antes señaladas.
¿Cuándo entra en vigencia dicha resolución?
La presente resolución entra en vigencia el 01 de marzo del 2020.