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TRÁMITES DE DENUNCIAS DE CAPITALIZACIÓN Y AHORRO

Mediante la Resolución General N° 41/2020, publicada el 9 de octubre, la Inspección General de Justica anunció que aquellas notificaciones que se efectúen en los tramites de denuncias de capitalización y ahorro se podrán realizar de manera electrónica al correo virtual de cada entidad administradora, mientras dure el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

1. PLAZO DE ADECUACIÓN

Las entidades administradoras tendrán un plazo de 10 días, contados desde el momento de publicada esta norma para crear una dirección de correo electrónico en que se podrán recepcionar los trámites de denuncia. La notificación se considerará perfeccionada el primer día hábil posterior a su emisión, siempre que no haya sido devuelto con constancia de recepción negativa. Será responsabilidad de las administradoras mantener operativa la casilla de correo denunciada como domicilio electrónico e informar cualquier modificación respecto de esta, siendo válidas hasta entonces las notificaciones allí efectuadas.

2. RESPUESTA DE LA ENTIDAD

Las entidades administradoras presentarán las respuestas a las vistas conferidas en la mesa de entradas del Departamento de Control Federal de Ahorro, con turno previo, observando las medidas de protocolo y distanciamiento dispuestas por el Organismo, de conformidad con la modalidad que se publicará en la página web de la Inspección General de Justicia de la Nación.

3. EXTENSIÓN DEL ALCANCE

Cabe resaltar que este régimen de notificación podrá ser utilizado en otros trámites en los que se disponga su habilitación o en actuaciones que el Organismo inicie de oficio, mientras continúen las medidas restrictivas por el Covid-19.

Fuente: Boletín Oficial

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