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Suspensión del SIRE para el Impuesto al Valor Agregado

Que por la Resolución General N° 3.726, sus modificatorias y su complementaria, se dispuso el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE), previéndose en una primera etapa su utilización para los regímenes de retención correspondientes al impuesto a las ganancias por rentas de beneficiarios del exterior y a determinadas contribuciones de la seguridad social.

1. Antecedentes

Que por la Resolución General N° 3.726, sus modificatorias y su complementaria, se dispuso el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE), previéndose en una primera etapa su utilización para los regímenes de retención correspondientes al impuesto a las ganancias por rentas de beneficiarios del exterior y a determinadas contribuciones de la seguridad social.

Que mediante la Resolución General N° 4.523 y sus modificatorias, se amplió el uso del aludido sistema a las retenciones y/o percepciones del impuesto al valor agregado, con aplicación obligatoria desde el 1° de marzo de 2020 para todas las retenciones y/o percepciones de ese gravamen que se practiquen de conformidad con los regímenes vigentes.

2. Objeto

Suspender la aplicación del Sistema Integral de Retenciones Electrónica (SIRE) para el impuesto al valor agregado, hasta el día 28 de febrero de 2021, inclusive.

3. Vigencia

La presente resolución entra en vigencia a partir de hoy 30 de noviembre de 2020.

Fuente: Boletín Oficial 30/11/20

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