Con fecha 12 de octubre del 2020, se publica en el Boletín Oficial, el Decreto N° 794/2020 por el cual se prorroga la suspensión del curso de los plazos administrativos, conforme a lo siguiente:
1. PRÓRROGA DEL AISLAMIENTO OBLIGATORIO
Cabe recordar que por el Decreto N° 297/20 se estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, habiéndose anunciado su prórroga para determinadas zonas del país, hasta el día 25 de octubre de 2020; en tanto otras zonas con valoración positiva de determinados criterios epidemiológicos se encuentran en una fase más avanzada de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, pero manteniéndose en todos los casos las medidas sanitarias dispuestas por las autoridades nacionales y locales.
2. SUSPENSIÓN DE PLAZOS
Se prorroga la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto N° 298/20 y sus complementarios, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72 – T.O. 2017) y por otros procedimientos especiales, desde el 12 hasta el 25 de octubre de 2020, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.
3. SUPUESTOS EXCEPTUADOS
Se exceptúa de la suspensión a todos los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley N° 27.541, ampliada por el Decreto N° 260/20, y a todos los trámites realizados al amparo del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y sus normas complementarias y modificatorias.
4. ENTRADA EN VIGENCIA
La norma rige desde el 12 de octubre del 2020.
Fuente: Boletín Oficial