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PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE COOPERATIVAS Y MUTUALES

Con fecha 26 de noviembre del 2020, se publica la Resolución General Conjunta 4860/2020 por el cual se precisa el procedimiento de inscripción de cooperativas y mutuales, conforme lo siguiente:

1. CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS Y MUTUALES

Se establece para la constitución de cooperativas y mutuales la interacción entre el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y la AFIP, en el ámbito de sus respectivas competencias, con relación al procedimiento registral y de asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a través de servicios “web”.

2. SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN

Las solicitudes de inscripción de las cooperativas y mutuales ante el INAES se realizarán por cualquiera de los modos autorizados por el ordenamiento jurídico del citado Instituto. La documentación requerida por la normativa vigente deberá presentarse en archivos digitales legibles, junto con la declaración jurada de su autenticidad, y será remitida al área correspondiente a efectos de su validación.

3. ROL DEL INAES EN LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN

El INAES, una vez analizada la información recibida para la inscripción, emitida la resolución que autorice a la cooperativa o mutual a funcionar y otorgada la correspondiente matrícula, remitirá la solicitud a la AFIP mediante la utilización de un servicio “web”, acompañada de la documentación respaldatoria en formato “pdf”, a efectos de su verificación y asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

4. GENERACIÓN DE CUIT

La AFIP verificará que el Organismo Registral haya completado la totalidad de los datos que resulten de su competencia y, de superarse los controles, generará la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la cooperativa o mutual, registrará la vinculación del Administrador de Relaciones (AR) con la respectiva Clave Fiscal, y habilitará el servicio “Domicilio Fiscal Electrónico” con los alcances previstos en la Resolución General N° 4.280 o la norma que en el futuro la reemplace.

5. ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 27 de septiembre del 2020.

Fuente: Boletín Oficial 26/11/20

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