Con fecha 23 de octubre del 2020, se publica en el Boletín Oficial de Argentina, la Resolución General N° 4839/2020 por el cual se establecen plazos para presentación de información que deben cumplir los sujetos establecidos en la Resolución General N° 3.312 y 4.697.
1. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN A CUMPLIR
Resolución General N° 3.312: Estableció un régimen de información que debe ser cumplido por los sujetos que actúen en carácter de fiduciarios respecto de los fideicomisos constituidos en el país, financieros o no financieros, así como por los sujetos residentes en el país que actúen como fiduciarios, fiduciantes y/o beneficiarios (beneficiaries) de fideicomisos (trust) constituidos en el exterior.
Resolución General N° 4.697: Establece un régimen de información anual que deben cumplir los sujetos designados en dicha norma, respecto de la titularidad o participación en el capital social o equivalente en entidades del país y del exterior, y de la obtención de rentas pasivas en estas últimas, entre otros datos a informar.
2. VENCIMIENTO DE PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN
El vencimiento de la obligación de presentación de la información establecida en la Resolución General N° 3.312, correspondiente al año 2019, operará en las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
TERMINACIÓN CUIT |
FECHA DE VENCIMIENTO |
0, 1, 2 y 3 |
Hasta el día 14 de diciembre de 2020 |
4, 5 y 6 |
Hasta el día 15 de diciembre de 2020 |
7, 8 y 9 |
Hasta el día 16 de diciembre de 2020 |
3. VENCIMIENTO DE PLAZO INFORMACIÓN RESOLUCIÓN GENERAL 4.697
El vencimiento de la obligación de presentación de la información contemplada en la Resolución General N° 4.697, correspondiente al año 2019, y en su caso, 2016, 2017 y 2018, operará en las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
TERMINACIÓN CUIT |
FECHA DE VENCIMIENTO |
0, 1, 2 y 3 |
Hasta el día 14 de diciembre de 2020, inclusive |
4, 5 y 6 |
Hasta el día 15 de diciembre de 2020, inclusive |
7, 8 y 9 |
Hasta el día 16 de diciembre de 2020, inclusive |
4. ENTRADA EN VIGENCIA
La norma rige desde el 24 de octubre del 2020.
Fuente: Boletín Oficial