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PLAZO PARA EL BENEFICIO AL CRÉDITO A TASA SUBSIDIADA

Mediante la Resolución General No. 4795 de 2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha dispuesto modificar la fecha límite para acceder al beneficio “Crédito a Tasa Subsidiada” a través del servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y Producción – ATP”.

1. NUEVO FECHA DE ACCESO AL BENEFICIO.

Inicialmente mediante el artículo 2° de la Resolución General No. 4.792, se dispuso que a los efectos de acceder al beneficio “Crédito a Tasa Subsidiada”, se podrá acceder al servicio web denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y Producción – ATP”. dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la vigencia de la citada Resolución (12.08.2020).

Ahora, mediante la Resolución General No. 4.795, se dispone que a los efectos antes señalados, se podrá acceder al mencionado servicio web hasta el  21 de agosto de 2020.

2. VIGENCIA.-

La presente Resolución entra en vigor a partir del 20 de agosto de 2020.

Fuente: Boletín Oficial

 

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