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MODIFICATORIA NORMAS DE LA CONASEV

Mediante la Resolución General N° 847/2020, publicada el 08 de julio, la comisión nacional de valores, estableció como excepción a la suspensión de plazos administrativos aquellos procedimientos que mantenga con supervisión directa con la Unidad de Información Financiera.

Dicha ampliación, estará vigente hasta el 17 de julio de 2020. Sin embargo, ante el supuesto de una prórroga o extensión a la suspensión de los plazos administrativos, esta se extenderá en los mismos términos de manera automática.

Fuente: Boletín Oficial de República Argentina

 

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