Mediante la Resolución General N° 4783/2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), extendió el plazo para que los trabajadores monotributistas y autónomos puedan sacar créditos a tasa 0. En ese sentido, la norma establece que ahora se podrá acceder al beneficio hasta el 30 de septiembre de 2020.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Una vez solicitado el beneficio, la entidad bancaria deberá realizar el desembolso de cada cuota del crédito, en equivalencia a la obligación del período fiscal que corresponda, según el tipo de contribuyente. Asimismo, las cancelaciones de los Volantes Electrónicos de Pago (VEPs) se deberán realizar a través del sitio web oficial de las entidades mencionadas con anterioridad, en un plazo máximo de 3 días hábiles.
PERÍODOS DE DESEMBOLSO
Tanto para los pequeños contribuyentes (RS), como los Trabajadores Autónomos, deberán presentar toda la documentación solicitada por las entidades correspondientes. Una vez aprobado, la entrega de los créditos se distribuirá de la siguiente manera:
- Pequeños Contribuyentes (RS)
Créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurra en el mes de: | Periodo fiscal a cancelar por la entidad bancaria: |
Mayo de 2020 | Junio, Julio y Agosto de 2020 |
Junio de 2020 | Julio. Agosto, Septiembre de 2020 |
Julio de 2020 | Agosto, Septiembre, Octubre de 2020 |
Agosto de 2020 | Septiembre, Octubre y Noviembre de 2020 |
Septiembre de 2020 | Octubre, Noviembre y Diciembre de 2020 |
Octubre de 2020 | Noviembre y Diciembre de 2020 y Enero de 2021 |
- Trabajadores Autónomos
Créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurra en el mes de: | Periodo fiscal a cancelar por la entidad bancaria: |
Mayo de 2020 | Mayo, Junio y Julio de 2020 |
Junio de 2020 | Junio, Julio y Agosto de 2020 |
Julio de 2020 | Julio, Agosto y Septiembre de 2020 |
Agosto de 2020 | Agosto, Septiembre y Octubre de 2020 |
Septiembre de 2020 | Septiembre, Octubre y Noviembre de 2020 |
Octubre de 2020 | Octubre, Noviembre y Diciembre de 2020 |
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina