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ESTABLECEN SERVICIO DE TELEGRAMAS LABORALES

Mediante la presente resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha dispuesto establecer el servicio de telegrama laborales para los trabajadores en el marco de que puedan solicitar su indemnización  a su empleador.

¿DÓNDE SE ENCONTRARÁ DISPONIBLE EL TELEGRAMA LABORAL?

  • El trabajador podrá ingresar a realizar el telegrama laboral a través del sitio web de la AFIP.
  • El trabajador deberá acceder con su Clave Fiscal.
  • Asimismo, también podrá realizarlo a través de la banca electrónica con la que opere, siempre que la entidad bancaria se encuentre homologada por la AFIP.

¿QUÉ DATOS DEBE TENER CONSIGO AL MOMENTO DE INGRESAR AL TELEGRAMA LABORAL?

  • El CUIT del empleador
  • Razón social o denominación del empleador.

SOBRE LA COMUNICACIÓN LABORAL

Cabe resaltar que la carga de la comunicación laboral se efectuará mediante la toma de una fotografía o la  creación de un documento escaneado del telegrama o carta documento enviada al empleador.

Realizado ello, el sistema otorgará una constancia, el cual quedará disponible al trabajador para futuras reimpresiones.

VIGENCIA

La presente resolución surte efecto a partir del 30 de junio de 2020

Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231458/20200630

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