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DICTAN NORMAS SOBRE EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

Con fecha 30 de setiembre del 2020, se publica en el Boletín Oficial de Argentina, la Resolución General 4825/2020, por la cual modifican plazos de las medidas respecto de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, tendientes a amortiguar el impacto negativo de la pandemia coronavirus (COVID-19).

1. EXTENSIÓN DE PLAZOS DE SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTO DE RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Se ha dispuesto con extender hasta el 1° de octubre de 2020, la suspensión del procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309.

2. EXTENSIÓN DE PLAZO BAJA AUTOMÁTICA

Cabe recordar que, se suspendió la consideración de los períodos marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática, establecido en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y su modificatorio.

Con la presente norma, se ha dispuesto con extender la suspensión respecto de la consideración del mes de septiembre de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática.

3. ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 30 de setiembre del 2020.

Fuente: Boletín Oficial

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