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CONSTRUCCIÓN DE OBRAS EXCEPTUADAS DEL DISTANCIAMIENTO Y AISLAMIENTO OBLIGATORIO

A través de la decisión administrativa N° 1604/2020, el Gobierno Argentino oficializó la habilitación para la construcción de obras que cumplan con los parámetros establecidos por la normativa.

Bajo ese sentido, la legislación establece que se podrán desarrollar actividades de construcción de obras que superen los 5.000 metros cuadrados y de aquellas que se encuentren a 90 días de su finalización, por lo tanto, estas quedarán exentas del cumplimiento del distanciamiento social obligatorio preventivo.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina

 

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