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Argentina : Planes de Pago de deudas para Micro, Pequeñas o Medianas Empresa

Se dispone aprobar el Régimen de Planes de Pago para Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, destinado a cancelar deudas con el Fondo de Garantía en concepto de Cuota Omitida y de multas y recargos impuestos por esta Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

¿Cuál es su objetivo?

Tiene por objeto que los Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, tengan la posibilidad de poder refinanciar los planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos, y con la misión de poder incentivar la cancelación de dichos pagos, se considera adecuado disponer la suspensión de la traba de medidas cautelares y en cada caso particular, el levantamiento de tales medidas, a quienes se acojan a los planes de pago que se dispongan.

¿Qué se debe hacer para acceder al régimen?

Para acceder al presente régimen, será requisito excluyente que a la fecha de adhesión a un Plan de Pago, el empleador, de algunas de formas empresariales mencionadas, que registre trabajadores en relación de dependencia se encuentre afiliado a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo o este auto asegurado en los términos de la Ley de Riesgos del Trabajo – Ley 2455. En el caso que carezca de personal en relación de dependencia, deberá tener acreditada dicha situación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P).

Asimismo, se ha establecido que la presente resolución será de aplicación a las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019.

¿Cuándo entra en vigencia?

La presente resolución entrará en vigencia el 20 de enero del 2020.

Por último, el acogimiento previsto en la presente resolución podrá formularse desde el día 21 de enero del 2020 hasta el 30 de abril de 2020.

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