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Amplían medidas de protección laboral para mujeres gestantes

Mediante la Ley N° 31051, publicada el 08 de octubre, el Congreso de la república modificó el artículo 1 de la Ley N° 28048, denominada la Ley de Protección a favor de la Mujer Gestante que Realiza Labores que pongan en Riesgo su Salud y/o el Desarrollo del Embrión y el Feto.

La modificación establece que, dentro de los centros de labor, las mujeres gestantes podrán solicitar al empleador que las excusen de realizar labores que pongan en peligro su salud y/o desarrollo normal del embrión y el feto durante el periodo de gestación, cabe resaltar que dicha solicitud deberá estar respaldada por un certificado oficial del médico tratante.

El empleador está obligado a identificar aquellas trabajadoras mujeres gestantes y madres lactantes, cuya integridad o la de su menor hijo pueda estar en riesgo debido a la naturaleza de sus labores, a fin de que se les asigne trabajar de manera remota.

Finalmente, la norma resalta que en caso las labores no sean compatibles con el trabajo remoto, mientras se mantenga el estado de emergencia, el empleador deberá asignar funciones si son compatibles o en su defecto deberá otorgar una licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior.

Fuente: El Peruano

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