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URUGUAY: SE FIJAN LOS VALORES FICTOS VIGENTES A PARTIR DEL 1° DE MAYO DE 2020, APLICABLES AL RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IVA

Mediante la Resolución N° 744/2020, se fijan los valores fictos vigentes a partir del 1º de mayo de 2020, aplicables al régimen de percepción del IVA, correspondiente a la comercialización de aves de las especies que se indican.

DISPOSICIONES

Los valores determinados y que se encontrarán vigente a partir del ° de mayo de 2020, son los correspondientes a la comercialización de aves de las especies que se indican a continuación:

Aves enteras, trozadas o deshuesadas

(excepto gallinas de postura de descarte)

11,53
Gallinas de postura de descarte 2,09
*Estos valores fictos señalados son por kilo de carne.

Asimismo para la venta de menudencias, la percepción del Impuesto al Valor Agregado, se calculará, en todos los casos, aplicando la tasa mínima del 20% del precio de venta, excluido el propio impuesto.

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGENCIA?

La presente resolución regirá desde 1° de mayo de 2020.

 

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