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DICTAN NORMAS QUE REGULAN EL RÉGIMEN DE RESIDENCIA FISCAL

Mediante la Ley No. 19.904, el Consejo de Ministros dictó normas que regulan el Régimen de Residencia Fiscal.

1. NUEVAS DISPOSICIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE RESIDENCIA FISCAL.-

Mediante la presente Ley, se agrega el artículo 6° bis del título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso:

Las personas físicas que adquieran dicha calidad a partir del ejercicio fiscal 2020, podrán optar, en las condiciones dispuestas en el inciso primero, por tributar:

  • El Impuesto a las Rentas de los No Residentes, por el ejercicio fiscal en que se verifique el cambio de residencia a territorio nacional y durante los diez ejercicios fiscales siguientes; o
  • El Impuesto a la Renta de las Personas Físicas a la tasa dispuesta en el artículo 26 de este Título.

2. NUEVA ALÍCUOTA EN EL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.-

Se dispone la alícuota del 7% para los rendimientos relacionados a los intereses de obligaciones y otros títulos de deuda, emitidos por entidades residentes a plazos mayores a tres años, mediante suscripción pública y cotización bursátil en entidades nacionales.

3. VIGENCIA.-

La presente Ley surte efecto a partir del 30 de septiembre de 2020.

Fuente: Diario Oficial

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