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Tratamiento de las diferencias del Ejercicio Fiscal Cerrado al 30.09.20

Mediante el Aviso N.° 100 del 2020, la Dirección General de Impuestos Internos, publica la tasa de cambio para el tratamiento de las diferencias cambiarias del ejercicio fiscal cerrado al 30 de septiembre de 2020.

1. Tratamiento de las Diferencias Cambiarias

De acuerdo al artículo 293° del Código Tributario de República Dominicana, las diferencias cambiarias no realizadas al cierre del ejercicio fiscal, derivadas de los ajustes en la tasa de cambio, sobre las divisas propiedad de una empresa o sobre obligaciones en moneda extranjera se considerarán como renta imputable a los fines del impuesto o como gastos deducibles del negocio según fuere el caso.

En este sentido, será necesaria establecer la tasa correspondiente, de acuerdo a la normativa señalada.

2. Tasas de cambio

La tasa de cambio para las diferencias cambiarias del ejercicio fiscal cerrado al 30 de septiembre 2020, serán las siguientes:

RD $ / US$

58.2896

RD $ / EUR$

68.2455

Fuente: DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS

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