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TRANSFERENCIA SUCESIVA DE ACCIONES A TRAVÉS DE LA BVL
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19 NoviembreNoticiasPerú

TRANSFERENCIA SUCESIVA DE ACCIONES A TRAVÉS DE LA BVL

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1. MATERIA DE CONSULTA

Se plantea el supuesto de una empresa domiciliada en el país que transfiere a través de la Bolsa de Valores de Lima (BVL) menos del 10% del total de las acciones comunes de una empresa no domiciliada que se encuentran listadas en la BVL, a otra empresa no domiciliada con la que se encuentra vinculada, la cual, dentro de los 12 meses posteriores a dicha transferencia, transfiere el mismo paquete accionario a una empresa no domiciliada, también vinculada con ambas empresas.

Al respecto, se consulta si para efecto del cálculo del 10% o más del total de los valores emitidos por una empresa, a que se refiere el numeral 2 del segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N.° 30341, debe tomarse en cuenta como una transferencia sucesiva la que corresponde a la segunda transferencia de las mismas acciones.

2. ANÁLISIS

En síntesis, se detalla lo siguiente:

La exoneración del Impuesto a la Renta de las rentas provenientes de la enajenación de acciones comunes a que se refiere el inciso a) del primer párrafo del artículo 2 de la Ley N.° 30341 no es aplicable cuando el contribuyente y sus partes vinculadas transfieran, mediante una o varias operaciones simultáneas o sucesivas, la propiedad del 10% o más del total de las acciones representativas del capital social de la empresa emisora, al momento de la enajenación.

Ello presupone que dicho contribuyente y sus partes vinculadas sean propietarios del 10% o más del total de las acciones representativas del capital social de la sociedad emisora, al momento de la enajenación.

En ese sentido, para efecto del cálculo del 10% o más del total de los valores emitidos por una empresa a que se refiere el numeral 2 del segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N.° 30341, no debe considerarse como transferencia sucesiva a la transferencia de acciones que, habiendo sido adquiridas de una parte vinculada, es posteriormente transferida por el adquirente, dentro de los 12 meses posteriores a la adquisición, a otra parte vinculada de ambos.

Ello por cuanto el hecho que las mismas acciones que se adquieren se transfieran en posteriores oportunidades, no genera que con todas esas transacciones se transfiera el 10% o más de la participación sobre el capital social de la sociedad emisora.

3. CONCLUSIÓN

Por lo tanto, en el supuesto de una empresa domiciliada en el país que transfiere a través de la BVL menos del 10% del total de las acciones comunes de una empresa no domiciliada que se encuentran listadas en dicha bolsa de valores, a otra empresa no domiciliada con la que se encuentra vinculada, la cual, dentro de los 12 meses posteriores a dicha transferencia, transfiere el mismo paquete accionario a una empresa no domiciliada, también vinculada con ambas empresas, para efecto del cálculo del 10% o más del total de los valores emitidos por la empresa emisora, a que se refiere el numeral 2 del segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N.° 30341, no debe tomarse en cuenta como una transferencia sucesiva la que corresponde a la segunda transferencia de las mismas acciones.

Fuente: SUNAT 19/11/20
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