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RENIEC IMPLEMENTA “MESA DE PARTES VIRTUAL”

Mediante la Resolución Jefatural No. 147-2020, la RENIEC establece la implementación del canal digital denominado “Mesa de Partes Virtual” para la tramitación de los procedimientos en beneficio de los administrados.

1. CONSIDERANDOS.-

  1. Se busca la implementación de un Gobierno Digital, lo cual significa la implementación de la digitalización en las entidades de la Administración Pública, permitiendo servicios digitales, gestión de identidad digital, interoperabilidad favoreciendo a los procesos y procedimientos.
  2. Asimismo, la presente resolución se ha ejecutado en mérito a la pandemia que se encuentra viviendo la nación y el mundo entero.
  3. Por lo que, el contexto que se encuentra viviendo en Perú, obliga a que la Administración Pública busque métodos y vías para agilizar y gestionar sus procedimientos de la mejor manera.

2. DIRECTIVA DE RENIEC.-

Con la Resolución Secretarial Nº 97-2019/SGEN/RENIEC del 18 de septiembre, se aprobó la Directiva DI-439-SGEN/OAD/005 “Recepción Documental por Mesa de Partes y Unidades de Recepción Documental Auxiliares”, a fin de establecer, en el marco del Modelo de Gestión Documental del RENIEC, los lineamientos y procedimientos para la organización, ejecución y supervisión del proceso de recepción documental de la Mesa de Partes institucional, sus Canales Digitales y las Unidades de Recepción Documental Auxiliares que se autoricen tanto en forma presencial y digital; a fin de mantener una atención de calidad a los administrados y demás Entidades de la administración pública.

Este marco legal fue uno de los indicios primarios para el establecimiento de una Mesa de Partes Virtual, ya que se dispone e introduce la idea de canales digitales para la recepción documental.

3. IMPLEMENTACIÓN.-

Mediante la presente resolución, se implementa el canal digital denominado “Mesa de Partes Virtual” para la tramitación de los procedimientos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC en beneficio de los administrados, a cargo de la Oficina de Administración Documentaria de la Secretaria General del RENIEC.

Asimismo se dispone que las áreas de la entidad optimicen los procedimientos bajo su cargo, a fin de que puedan ser tramitados en forma virtual por los administrados, a través de la Mesa de Partes Virtual en beneficio de la salud pública y la transformación digital del Estado.

4. VIGENCIA.-

La presente resolución surte efecto a partir de 26 de septiembre de 2020.

Fuente: El Peruano

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